miércoles, 8 de mayo de 2024

INFORMACIÓN CUMPLIMIENTO DE SENTENCIA Y ASAMBLEA DE TRABAJADORES/AS

Os informamos que desde que se dictó sentencia por el Tribunal Supremo, condenando al HSJDA a aplicar la subida salarial del año 2021 (6,5%), hemos mantenido numerosas reuniones con la empresa donde hemos mostrado toda nuestra disposición para facilitarles el cumplimiento de la misma mediante acuerdo.

Lamentablemente hasta la fecha no hemos alcanzado un acuerdo satisfactorio, de ahí nuestra prudencia hasta ahora en manifestarnos, ya que la empresa aún no lo ha hecho oficialmente.

Igualmente como sabéis estamos inmerso en la negociación del nuevo convenio colectivo, por tanto es preciso que os mantengamos personalmente informados de la situación actual de ambas cuestiones.

Por este motivo os convocamos para el próximo martes 14 de mayo a una ASAMBLEA DE TRABAJADORES/AS que se realizará en el Salón de Actos del Hospital a las 14.10H con el siguiente ORDEN DEL DÍA:

1. Información sobre la Sentencia del Tribunal Supremo sobre la subida salarial del año 2021 (6,5%)

2. Información sobre las reuniones mantenidas con la empresa para la aplicación de la Sentencia.

3. Información sobre la situación del Convenio Colectivo.

4. Ruegos y preguntas.




3 comentarios:

  1. Quisiera que explicaran como es que no han solicitado la ejecución de la Sentencia, cuando la sentencia es ejecutiva desde que se dicta y la empresa debía de cumplirla inmediatamente. No hace falta llegar a un acuerdo con la empresa para el pago. Además, que explicación tiene que el comité de empresa no luche por los salarios de los años 2022 y 2023. No es cierto lo que han dicho en la reunión de que hay que hacer reclamaciones individuales, a menos que el comité de empresa ayude al hospital a saber quiénes son los trabajadores que no quieren regalar su dinero y luchan por sus derechos.
    Tenía entendido que el comité de empresa estaba para defender los intereses de los trabajadores del hospital y no entiendo cómo está ralentizando el cobro de la sentencia, y además no pide lo correspondiente a los años 2022 y 2023, quisiera saber que beneficio están sacando de todo esto.

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    1. Estimada persona anónima, lamentamos profundamente que ese sea el sentir suyo tras la asamblea realizada ayer. Informarle que en nuestra opinión la interpretaciones que está dando sobre la aplicación de la sentencia, son erróneas y contrarias a las que realizan nuestros servicios jurídicos, que por otra parte son los que la han ganado este procedimiento judicial.
      Es evidente que no tiene la información necesaria para realizar una valoración adecuada en todos los aspectos a nivel colectivo.
      Por otra parte, en su comentario da su particular interpretación sobre lo comentado en el día de ayer sobre los años 22 y 23, algo que por nuestra parte estaremos encantados de explicarle personalmente para sacarle de su error.
      En cualquier caso, entendemos que usted ha realizado esta valoración teniendo en cuenta su interés personal, el cual desconocemos, ya que no nos da información de cuál es su situación actual en el HSJDA. Pero como comprenderá, este comité de empresa debe velar por lo mejor para el conjunto de las personas trabajadoras, y no dude que no parará de luchar hasta que al personal del HSJDA nos sean abonadas las cantidades que se nos adeudan de atrasos y reconocidas en bases salariales el porcentaje que no se aplicó en su momento (6,5%) en aplicación de la sentencia judicial y de lo recogido en nuestro convenio colectivo.
      Indicarle además, que en el supuesto que sea posible alcanzar un acuerdo sobre todos la cuestiones que implican la aplicación de la sentencia, ésta será presentada en asamblea de trabajadores y trabajadoras para que sea democráticamente el personal el que decida, tal y como siempre ha realizado este comité de empresa.
      Por su puesto indicarle, que a nivel individual, usted puede realizar las acciones judiciales en los términos que considere oportuno.
      Por nuestra parte, quedamos a su disposición para aclarar esta y cualquier otra cuestión que considere oportuna de manera personal y no anónima.
      Reciba un cordial saludo

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    2. Está claro que los servicios jurídicos han hecho muy buen trabajo, pero no considero que a los trabajadores nos llegue toda la información, que el comité acuerda con la empresa que información trasladarnos. Pero no se trata de tener información sino de conocimiento de los procedimientos legales, lo que está claro que como indica la Sentencia del Supremo, la Sentencia es firme y no cabe recurso, por lo que la empresa ya tenía que haberla cumplido, y si no se debía de haber pedido la ejecución, ya que os están dando largas y no parece que esté dispuesta ha cumplirla. A nivel colectivo, el personal lo que quiere es cobrar y lo antes posible, pero no es seguro para los trabajadores manifestarse de esa manera en una asamblea a la que acude los ojos y oídos de la empresa. Por lo que, sabiendo la situación que viven los trabajadores de la empresa y como son perseguidos los que no acatan las normas de la misma, no entiendo que el comité pida que se reclame a nivel individual las revalorizaciones del año 2021 y 2022, y no sea el comité el que se ponga al frente de reclamar lo que legalmente corresponde a los trabajadores. Los salarios del año 2022, como se indica en el convenio colectivo de aplicación, se establece un incremento del 6,5€ respecto de las retribuciones correspondientes al año 2021, y para el 2023 se establece un porcentajes sobre el 2022. Por lo que legalmente, corresponde estos atrasos del 2022 y 2023.
      Respecto a su respuesta, bonitas palabras pero falsas. Os importa más saber quien las dice que el contenido de las mismas. Parece que estáis de acuerdo con la política de la empresa de castigar a los que reclaman y no están de acuerdo con la represión.

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