"Art.39. Pagas Extraordinarias.
martes, 10 de diciembre de 2024
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD
viernes, 8 de noviembre de 2024
CONSTITUIDA MESA NEGOCIADORA PARA NUEVO CONVENIO COLECTIVO
En la mañana del 8 de noviembre se ha celebrado la primera Mesa Negociadora de cara a la negociación de un nuevo Convenio Colectivo ya que el actual (V CC) tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024, independientemente de que éste se prolongue en ultraactividad hasta llegar a un nuevo acuerdo.
El presupuesto del CSPA para el 2025 publicado recientemente en el Proyecto de Ley de los Presupuestos de la Junta de Andalucía, se incrementa en casi 6M de euros más que el año pasado, alcanzándose así los 76,6M.
No obstante, habrá que esperar hasta final de diciembre para que se apruebe el Presupuesto definitivo para Andalucía por si hubiese alguna posible partida adicional, en cuya posible enmienda parlamentaria este Comité está trabajando activamente.
Por tanto, hemos acordado con la empresa la siguiente reunión (18Dic) para que, una vez sepamos dicha información, podamos comenzar a negociar las propuestas de mejoras para la plantilla.
Os seguiremos informando con cualquier información relevante.
miércoles, 6 de noviembre de 2024
NO MÁS AGRESIONES! NO TE CALLES, DENUNCIA!
Desde l@s Delegad@s de Prevención del Comité de Empresa estaremos siempre a vuestra disposición y alentamos a que se notifique cualquier agresión física o verbal recibida por la persona trabajadora mediante la activación del >>protocolo de agresiones<< que disponemos para ello.
Recordad que las agresiones sufridas mientras desarrollas tu trabajo están consideradas como accidente laboral y debes notificarlo lo antes posible; entre las infracciones que nos encontramos con mayor frecuencia en el ámbito sanitario son:
● Agresiones físicas: incluye el delito y la falta de lesiones, y la falta de malos tratos de obra.
● Delitos y Faltas contra la Libertad: amenazas y coacciones.
● Delitos y Faltas contra el honor: injurias e insultos.
No te dejes intimidar, no te dejes coaccionar, busca ayuda notificándolo a tu superior o directamente al Servicio de Medicina del Trabajo (Salud Laboral) para dejar registrado el incidente violento. Estás en tu derecho y es la obligación legal del centro de seguir el protocolo para que recibas todo el apoyo integral necesario y la defensa jurídica que proceda.
Para cualquier asunto laboral o dudas puedes >>contactarnos<< por las distintas vías disponibles.
martes, 5 de noviembre de 2024
DENUNCIA SOBRE LA SITUACIÓN DE LAS TRABAJADORAS GESTANTES
DENUNCIA DEL COMITÉ DE EMPRESA ANTE LA NUEVA ACTITUD DE LA DIRECCIÓN DEL HSJDA SOBRE LA ADAPTACIÓN VS. PRESTACIÓN DE LAS TRABAJADORAS GESTANTES.
Desde hace semanas, este Comité viene observando un cambio en la gestión de las posibles adaptaciones laborales de las trabajadoras gestantes, forzando en cierta manera las limitaciones en las funciones así como posponiendo la propuesta a la mutua para que se les pueda dar la prestación por riesgo para el embarazo según el puesto de trabajo.
No entendemos que esta gestión de los casos que se venía realizando de forma bastante aceptable hasta hace poco, haya tomado otra dirección con un tema tan sensible y delicado como prevenir los riesgos de las compañeras que están embarazadas.
Asimismo, desde los/las Delegados/as de Prevención vemos insuficiente que las referencias para tomar decisiones al respecto, sigan siendo unos riesgos no exhaustivos que se aplican de forma estándar para cualquier ámbito laboral en base a una guía. La asistencia sanitaria especializada conlleva un aumento extraordinario de amenazas y riesgos específicos exhaustivos de los distintos servicios del hospital en base a las múltiples técnicas, la complejidad asistencial, así como situaciones de emergencia sobrevenidas que vienen derivadas de nuestra atención estrecha a pacientes: PCR, convulsiones, agresiones, caídas… y que no constan en ninguna guía. En la misma línea, habría que resaltar la vulnerabilidad de la gestante por sus cambios biológicos especialmente resentidos ante la turnicidad y dinámica laboral del medio hospitalario.
Por todo ello, entregamos a la Dirección Gerencia hace varias semanas un informe con alegaciones al procedimiento que propone la empresa, el cual te invitamos a que leas: INFORME ALEGACIONES DEL COMITÉ.
Es inaceptable que la empresa esté tomando estas decisiones que pueden comprometer la salud de la trabajadora y de su embrión/feto, ya que a pesar de nuestros múltiples requerimientos, actualmente tenemos compañeras sobrepasadas en riesgos a las que no se les han adaptado o tramitado la prestación por riesgos ante la mutua. Esto además les crea mayores riesgos laborales como son los psicosociales con situaciones de miedo, ansiedad, etc.
Tampoco entendemos que el restringirles tareas hasta agotar todos los plazos, tenga que recaer sobre el resto de personas que comparten el turno, con el incremento de riesgos sobre ellas y una sobrecarga laboral inasumible.
Aunque hasta la fecha la tramitación se ha realizado a través de la empresa, que esperemos continúe igual, os recordamos que oficialmente es la trabajadora gestante la que debe iniciar el Procedimiento de Solicitud de Prestación por riesgos en el Embarazo a la mutua. Para ello te dejamos la solicitud y el procedimiento donde se detallan los requisitos para la tramitación
No olvidemos que en base al Real Decreto Legislativo 5/2000 de 4 de agosto, Texto refundido de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social (Art. 13), establece que el incumplimiento de las normas específicas en materia de protección de la seguridad y salud de las trabajadoras durante los periodos de embarazo y lactancia, está tipificado como infracción muy grave.
Para cualquier asunto laboral o dudas puedes >>contactarnos<< por las distintas vías disponibles.
viernes, 18 de octubre de 2024
SUBIDA DEL 6,5% DESDE LA NÓMINA DE OCTUBRE´24
Os recordamos que a partir de esta nómina correspondiente al mes de octubre, tendrá que venirnos aplicado el incremento retributivo del 6,5% de todos los conceptos salariales.
Esta subida viene del acuerdo alcanzado y reflejado en el V Convenio Colectivo del HSJDA donde se recogió el cumplimiento de la sentencia firme a nuestro favor sobre el IPC del 2021.
Para comprobar las cantidades retributivas con el incremento de este 6,5% ya aplicado, podréis acceder al ANEXO II Tabla Salarial Año 2024 (Octubre a Diciembre), pág.46.
En esta nómina de octubre también se tiene que cobrar la Ayuda Escolar si la has solicitado en plazo y cumples los requisitos.
Asimismo os recordamos que aún nos queda por percibir la otra mitad de la cantidad correspondiente al 6,5% de todo todos los conceptos salariales del año 2021. Este cobro se hará efectivo a principios de 2025.
lunes, 23 de septiembre de 2024
ACLARACIONES SOBRE FORMACIÓN OBLIGATORIA
Respecto a la formación que se imparta desde el HSJDA y por tanto le sea trasladada a la plantilla para su realización obligatoria, queremos dejar bien claro lo que se recoge en el Art.70 del V Convenio Colectivo del HSJDA:
"La formación se realizará preferentemente en horas de trabajo cuando coincidan con su turno habitual y, cuando se trate de formación obligatoria, el tiempo dedicado a ellas se computará como efectivamente trabajado".
En cualquier caso, se tendrá que cumplir sin excepción esta clausula tal como está acordado y recogido en nuestro nuevo Convenio Colectivo. Por tanto, si es de forma online, esta formación debería ser realizada en horario de trabajo. Y si fuese de forma presencial, el tiempo invertido por la persona trabajadora en la formación tendrá que quedar registrado como horas trabajadas de su cómputo anual.
Nota: en lo relacionado a la formación obligatoria en Prevención de Riesgos Laborales que imparta la empresa a su plantilla, en base a la Ley 31/1995 de 8 de noviembre de PRL en su artículo 19.2 deja claro que:
"...La formación a que se refiere el apartado anterior deberá impartirse, siempre que sea posible, dentro de la jornada de trabajo o, en su defecto, en otras horas pero con el descuento en aquélla del tiempo invertido en la misma. La formación se podrá impartir por la empresa mediante medios propios o concertándola con servicios ajenos, y su coste no recaerá en ningún caso sobre los trabajadores."