domingo, 25 de noviembre de 2018

25 Noviembre

Hoy 25 de Noviembre, Día Internacional para la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres, vuelve a estar teñido de morado, en recuerdo a todas aquellas mujeres y niñas que han sido, o aún continúan siendo, víctimas de abusos y violencia estructural.
Desde el comité de empresa del HSJDA,  queremos manifestar nuestra más absoluta repulsa contra la violencia machista, que representa una violación de los derechos humanos y libertades fundamentales, además de la manifestación más brutal de discriminación entre mujeres y hombres, que no entiende de fronteras, culturas o niveles económicos.
Seguiremos trabajando en nuestro compromiso de  combatir la violencia física, psicológica, económica, y acoso sexual o por razón de de sexo en el trabajo, con TOLERANCIA CERO ante cualquier acto que atente contra la dignidad e integridad de las mujeres.
Insistimos en la necesidad de educación , sensibilización y formación para alcanzar la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres en el ámbito laboral.
Queremos enviar un mensaje de apoyo a todas las mujeres q son, o han sido víctimas de  violencia, para que sean conscientes de sus capacidades para salir adelante y hacerles saber que NO ESTAN SOLAS en esto.
A los hombres, q cada vez más, se pronuncian en contra de la violencia de género, para que continúen mostrando su desaprobación con este tipo de comportamientos.
Por último, queremos hacer un llamamiento a toda la sociedad para que se denuncien estas situaciones de violencia de género, porque NO podemos ser cómplices de los maltratadores CON NUESTRO SILENCIO.

# HaySalida
#NiUnaMás
#ToleranciaCero
#NoConMiSilencio

martes, 20 de noviembre de 2018

Permisos Elecciones Generales 2 de diciembre 2018


Estimadas compañeras:
Estimados compañeros:
Con independencia de las indicaciones publicadas por la empresa en la intranet para organizar la jornada de elecciones del 2 de diciembre. Os informamos de los permisos publicados en el BOJA (Boja Permisos Elecciones Generales)  donde se dictan las normas para facilitar la participación de las personas trabajadoras para las elecciones que habrán de celebrarse el próximo día 2 de diciembre de 2018:
Electores y Electoras.
Cuando la jornada laboral de los trabajadores coincida, total o parcialmente, con el horario de apertura de los Colegios Electorales, éste tendrá derecho a permiso retribuido, dentro de su jornada, en los supuestos y en las condiciones siguientes:
a) Si la coincidencia es superior a seis horas, permiso retribuido de cuatro horas.
b) Si la coincidencia es superior a cuatro horas pero no excede de seis horas, permiso retribuido de tres horas.
c) Si la coincidencia es de dos a cuatro horas, permiso retribuido de dos horas.
d) Si la coincidencia es menor de dos horas, no se tendrá derecho a permiso.
Los mismos permisos se deberán otorgar a las personas que emitan el voto por correo, entendiéndose las coincidencias horarias con las horas de apertura de las oficinas postales.
Miembros de la Mesa Electoral.
Las personas que acrediten su condición de Presidente o Presidenta, Vocal o Interventor o Interventora de mesa Electoral, si el día de la votación fuera laboral para las mismas, tendrán derecho a un permiso retribuido de jornada completa durante el día de la votación, si no disfrutan dicho día de descanso, y a una reducción de cinco horas en su jornada de trabajo del día 3 de diciembre de 2018, siempre que justifiquen su actuación como tales. Si alguna de las personas miembros de Mesa Electoral hubiera de trabajar en turno de noche en la fecha inmediatamente anterior al día de la votación, el responsable de personal del Centro de Trabajo, Servicio o Unidad administrativa en que preste sus servicios vendrá obligado a cambiarle el turno con el fin de que pueda descansar esa noche.
Apoderados y Apoderadas.
Los Apoderados y Apoderadas, si el día de la votación fuera laboral para los mismos, tendrán derecho, asimismo, a un permiso retribuido de jornada completa durante el día de la votación, si no disfrutan en tal fecha de descanso.

domingo, 4 de noviembre de 2018

Calcular el salario de las noches y especialidad en vacaciones


Nuestro Convenio Colectivo, en lo referente al salario en vacaciones dice:
“Art. 20.9. Salario en vacaciones:

 a) El salario a percibir durante el período de vacaciones será de una mensualidad de los conceptos salariales (salario base, complemento de titulación, habilidades y formación continuada, antigüedad, complemento de categoría, complemento personal y atención continuada conforme a lo establecido  en el artículo correspondiente de este texto) incluyendo en el mismo una media de los complementos de nocturnidad y especialidad de los tres últimos meses trabajados anteriores a la fecha en que comience el disfrute de las vacaciones.
b) En el caso de que estas vacaciones no se disfruten en un mes natural completo la media mensual de los complementos de nocturnidad, y especialidad se abonarán exclusivamente y en su totalidad en el primero de los periodos vacacionales.”
Como en años anteriores, y ante la posibilidad que el programa informático no haya calculado correctamente la cuantía de los conceptos salariales noches y especialidad en vacaciones, en los casos que el personal haya disfrutado las vacaciones en más de un periodo, hemos creado un excel para realizar el cálculo correcto de ambos conceptos, que podeis encontrar en el siguiente enlace.
Si en la nómina no aparece la cuantía correcta, dirigios al departamento de RR.HH para que puedan subsanar  esta incidencia.