lunes, 14 de septiembre de 2020

Procedimiento tras contacto estrecho con Covid+ y dudoso contagio de la persona trabajadora del HSJDA

Ante el nuevo escenario en el que nos encontramos, y las dudas que surgen al respecto, creemos necesario informar de que el procedimiento que se está seguiendo con las personas trabajadoras del HSJDA por dudoso contagio, está basado en la >>ESTRATEGIA DE DETECCIÓN PRECOZ, VIGILANCIA Y CONTROL DE COVID-19<< del Gobierno de España (última actualización el 10 de septiembre de 2020).

De dicho documento extraemos lo más importante:

🔴PERSONA TRABAJADORA CON SOSPECHA POR INFECCIÓN DE CORONAVIRUS

  • Se le realizará una PCR en las primeras 24 horas. Deberá permanecer en aislamiento hasta la obtención del resultado.


  • Si la PCR resulta negativa pero existe alta sospecha clínica por síntomas compatibles a COVID-19, se repetirá la PCR a las 48 horas.


  • Caso descartado: si la PCR es negativa y no hay alta sospecha clínica. Podrá seguir trabajando bajo valoración/seguimiento del servicio de prevención y deberá continuar con el uso del EPI adecuado a su puesto.

Definición de Caso Sospechoso: cualquier persona con un cuadro clínico de infección respiratoria aguda de aparición súbita de cualquier gravedad que cursa, entre otros, con fiebre, tos o sensación de falta de aire. Otros síntomas como la odinofagia, anosmia, ageusia, dolores musculares, diarreas, dolor torácico o cefaleas, entre otros, pueden ser considerados también síntomas de sospecha de infección por SARS-CoV-2 según criterio clínico.


👉Manejo de los casos de COVID-19 con infección activa en el Ámbito Laboral:

El personal sanitario y socio-sanitario que resulten casos confirmados y no requieran ingreso hospitalario serán manejados de la misma forma que la población general en cuanto al aislamiento. 


🔴Por tanto, si se obtuviese un resultado positivo de PCR, la persona trabajadora del HSJDA tendrá que darse de baja.

IMPORTANTE: Aunque había quedado suspendido el Decreto que lo prorrogaba como accidente de trabajo, el INSS sigue mantenimiento la consideración como contingencia profesional (AT) de los procesos de incapacidad laboral derivados de casos confirmados de COVID ya que se está elaborando nuevo Real Decreto-ley donde volverá a quedar recogido. Así se nos ha hecho saber a los delegad@s de CCOO de este Comité a través de un escrito de la subdirección general de gestión de IT del INSS.

Para la reincorporación a su puesto de trabajo será necesaria la realización de una PCR, además de la resolución de síntomas al menos 3 días antes, y con un mínimo de 10 días desde el inicio de los síntomas. En caso de que sea negativa, estos profesionales se reincorporarán al trabajo. En caso de que la PCR siga siendo positiva no podrán reincorporarse a su puesto de trabajo y se le dará una nueva cita para repetir la PCR.


🔴 DEFINICIÓN DE CONTACTO ESTRECHO


Cualquier persona que haya proporcionado cuidados a un caso: personal sanitario o socio-sanitario, miembros familiares o personas que tengan otro tipo de contacto físico similar que no han utilizado las medidas de protección adecuadas.

- De forma general, a nivel comunitario (no laboral), se considerará contacto estrecho a cualquier persona que haya estado en el mismo lugar que un caso, a una distancia menor de 2 metros y durante más de 15 minutos.

Sin embargo, en entornos en los que se pueda hacer una valoración del seguimiento de las medidas de prevención, incluido el uso correcto y continuado de la mascarilla, podrá realizarse una valoración individualizada por el servicio de prevención de riesgos laborales o el responsable que sea designado para ese fin.

- En el contexto de los centros educativos, se seguirá lo establecido en la >>Guía de actuación ante la aparición de casos de COVID-19 en centros educativos.<<

El periodo a considerar será desde 2 días antes del inicio de síntomas del caso hasta el momento en el que el caso es aislado. En los casos asintomáticos confirmados por PCR, los contactos se buscarán desde 2 días antes de la fecha de diagnóstico. 

Las personas que ya han tenido una infección por SARS-CoV-2 confirmada por PCR en los 6 meses anteriores estarán exentos de hacer cuarentena.


⚠️Para cualquier duda podéis llamar al Servicio de Prevención:

ext. 9291 (955059291 desde fuera)

Móvil: 664397125

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