miércoles, 13 de mayo de 2020

Información sobre la recuperación de horas por el desfase del cómputo horario provocado por el plan de contingencias para la prevención del COVID 19 en el HSJDA

En la reunión de 8 de mayo de la Mesa general de negociación del personal funcionario, estatutario y laboral de la Junta de Andalucía, se ha acordado que no se exigirá la recuperación de las jornadas de trabajo que no se hayan podido desempeñar en su modalidad de presencial o de teletrabajo. Este acuerdo debe ser de aplicación en el SAS, las Agencias Sanitarias y a todas las entidades del sector público andaluz.
Desde el comité de empresa del HSJDA hemos solicitado que se apliquen los términos de este acuerdo al personal del hospital para estas horas que no se pudieron realizar ni en  modalidad presencial, ni en teletrabajo por la aplicación del Plan de Contingencias para la Prevención del COVID 19 en nuestra empresa.
Del mismo modo hemos solicitado que de manera retroactiva al personal que ya han recuperado jornada por este ajuste de cómputo horario, tengan la consideración de realizadas como horas extraordinarias.
Lamentablemente hasta la fecha no hemos podido llegar a un acuerdo.
Es evidente que no aconsejamos ningún acuerdo particular o entre servicios para devolución de estas horas, los cuales pueden ser menos beneficiosos que el acuerdo colectivo al que se pueda llegar.
En cualquier caso, si a 31 de diciembre de 2020 no se ha recuperado la jornada, la empresa no podrá descontar del salario el tiempo de trabajo no realizado, ni exigir la realización de estas horas no realizadas después de esta fecha, ni descontarlas de sus vacaciones
*Adjuntamos acuerdo de la Mesa general de negociación*

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