miércoles, 25 de noviembre de 2020

Nueva Orden de la Consejería de Salud

COMITÉ DE EMPRESA INFORMA:


Ante la nueva Orden de la Consejería publicada en >>BOJA<< y en vista a los cambios que la Dirección Gerencia del HSJDA ha ordenado realizar en estos momentos que entendemos como una mera estrategia empresarial por mala gestión de los recursos, queremos dejar muy claro ciertos aspectos que nos amparan legalmente y así se lo hemos hecho llegar por >>ESCRITO<<.

El 8 de noviembre la Consejería de Salud publicaba en el BOJA una Orden que limitaba gravemente muchos derechos laborales del personal de la Sanidad. Desde los sindicatos se exigió unánimemente la retirada de esa Orden, y se iniciaron movilizaciones. Como resultado de esa actuación sindical, la Junta ha derogado la Orden y la ha sustituido por una nueva.

La anterior orden del 8 de noviembre limitaba derechos al personal del SAS, pero la Nueva Orden es de aplicación a todo el personal del Sistema Sanitario Público de Andalucía por lo que es susceptible de aplicarse también en nuestro centro.


La nueva Orden supone cambios importantes

La Orden del 8 de Noviembre permitía a los Gerentes de cada centro anular todos los permisos, vacaciones y reducciones de jornada, modificar turnos sin respetar los periodos mínimos legales de descansos, imponer la movilidad geográfica y funcional, suspender las exenciones de guardia para mayores de 55 años. También permitía asignar a los Residentes a cualquier servicio o cualquier centro de trabajo.

Y todo esto sin control alguno. Pero ahora esas posibilidades han sido eliminadas con la nueva Orden.


¿Qué es lo que sí permite la nueva Orden?

A partir de su publicación, se podrá renunciar a la exención de guardias o hacer movilidad funcional y geográfica CON CARÁCTER VOLUNTARIO. En caso de movilidad geográfica se cobrarán dietas y desplazamientos.

Se mantiene la posibilidad de aumentar a jornada completa los contratos a tiempo parcial, de contratar a personal titulado sin especialidad o incluso a estudiantes de último año de carreras sanitarias. Y la posibilidad de contratación directa de personal sanitario titulado por un máximo de 6 meses.

En cuanto a vacaciones y permisos, la nueva Orden remite a lo que ya estaba en el Manual de Vacaciones y Licencias. Es decir, pueden disfrutarse con autorización previa de la dirección del centro. ¿Y en caso de que no se autoricen? No se pierden, podrán disfrutarse hasta 6 meses después de finalizado el Estado de Alarma.

En cuanto a Traslados y OPE, se mantiene el retraso en la incorporación a las plazas, que se revisará quincenalmente en la Mesa Sectorial.


La nueva orden tiene disposiciones específicas en caso de que nuestro sistema sanitario llegue a una "situación crítica"

¿Cómo se define esta situación crítica?

No en base a lo que decida cada Gerente, como en la Orden anterior, sino con "una evaluación epidemiológica y de saturación de recursos asistenciales", y previa negociación en Mesa Sectorial/Comité de Empresa.

En caso de autorizarse en Mesa Sectorial, se podrá autorizar la movilidad funcional y geográfica, así como medidas con respecto a jornada, permisos, vacaciones y reducciones de jornada, pero (a diferencia con la orden anterior), se tendrá que respetar:

▪️El descanso semanal ininterrumpido de 36 horas (o bisemanal de 72 horas)

▪️El descanso entre jornadas de 12 horas de media (la orden anterior sólo decía 10 horas de media)

▪️No sobrepasar la realización de turnos de 9 horas de forma impuesta tal como dice el estatuto de los trabajadores si no existe acuerdo previo entre las partes y el Comité de Empresa.

▪️Las reducciones de jornada por cuidado de cónyuges, descendientes y ascendientes.

Qué duda cabe de que son medidas duras, que siguen sin contar con nuestro acuerdo, pero sólo se aplicarán en caso de constatarse una situación de catástrofe sanitaria y previa negociación en Mesa Sectorial/Comité de Empresa. Y hay que tener en cuenta que, por encima de la Orden, existe el Real Decreto-ley 29/2020, de 29 de septiembre, del Gobierno Central, que ya permitía la movilidad funcional y geográfica del personal médico y enfermero.


Desde este Comité queremos denunciar que la mala gestión de los recursos económicos y humanos así como la poca anticipación, no puede volver a recaer sobre las personas trabajadoras de este Centro provocando situaciones de estrés laboral, perjuicios graves en la conciliacion del núcleo familiar (ya muy limitada por la situación social), así como los riesgos de posibles eventos adversos para los pacientes. Todo a las puertas de unas fechas entrañables...

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