viernes, 6 de febrero de 2026

IRREGULARIDADES EN CUADRANTES DE TRABAJO


Desde el Comité de Empresa os informamos que, tras la revisión de las planillas de trabajo para el año 2026 publicadas en la intranet, hemos detectado varias incidencias que vulneran nuestros derechos laborales y el Convenio Colectivo vigente.

Por este motivo, con fecha 2 de febrero de 2026, hemos emitido un >>INFORME CUADRANTES ANUALES<< a la Dirección de Personas y Valores y hemos solicitado la convocatoria inmediata de la Comisión de Turnos para resolver los siguientes incumplimientos:

1. Falta de publicación y entrega (Art. 16.1)

2. Cuadrantes incompletos o inexistentes

3. Vulneración de descansos y límites de jornada


¿Por qué  pasa esto?

Este Comité no puede permitir que se normalice la falta de previsión y el incumplimiento del Convenio:

- El convenio colectivo marca que antes del quince de enero de cada año y una vez establecido el calendario laboral, la empresa elaborará y entregará al Comité de Empresa las planillas de trabajo anuales de cada profesional, que se pondrán a disposición del personal con la siguiente información: nombre, lugar, horario de trabajo, tipo de jornada, días de descanso, festivos, turnos y días efectivos que se trabajan. Y esto no se ha realizado por la empresa.

- Como sabéis, el cumplimiento en materia de jornada y descansos es obligatorio por la trascendencia ante las autoridades legales y sus posibles consecuencias.

Si detectas cualquier otra irregularidad en tu cuadrante individual (falta de descansos, errores en el cómputo de horas, turnos que no cumplen la ley, etc.), te pedimos que nos lo comuniques de inmediato. Vuestra información es vital para defender vuestros derechos en la próxima reunión con la Dirección.

Seguiremos informando de cualquier avance tras la reunión  que se celebrará el 13 de febrero de la Comisión de Turnos (comité de empresa y Dirección) para resolver estas cuestiones.





viernes, 23 de enero de 2026

REVALORIZACIÓN DEL SALARIO CON EL IPC DEL 2025 Y ABONO DE ATRASOS



Os informamos que finalmente el IPC definitivo del año 2025 se ha quedado en un 2,9%. Este porcentaje debe ser aplicado a todos los conceptos salariales de manera retroactiva desde enero de 2025, y comenzar a cobrarse dicho aumento en las nóminas de este año 2026tal y como tenemos firmado en nuestro Convenio Colectivo en su artículo 6 (Prórroga y Denuncia). En cualquier caso, si antes de esa fecha se alcanzara un acuerdo de nuevo convenio colectivo, será el porcentaje de subida salarial que se acuerde el que se aplique en los términos antes expuestos.

Por tanto, al no haberse alcanzado hasta la fecha un acuerdo de nuevo convenio colectivo por la intransigencia de la empresa en recoger las propuestas que se les presentó inicialmente ni las alternativas posteriores, tiene que abonarnos en el mes de febrero lo referido en el art.6. Con esto, tenemos garantizado que al menos se revaloricen nuestros sueldos con el IPC mientras no se llegue a ningún acuerdo de nuevo convenio colectivo, y no perder así poder adquisitivo.

En definitiva, será en la nómina del mes de febrero cuando la empresa debe abonarnos las cantidades atrasadas por la aplicación de la subida de este 2,9% en todos los conceptos salariales fijos y variables del convenio colectivo: Salario Base, Capacitación y formación, Complemento de categoría,  Atención Continuada, Guardias, Horas Extras, Plus de Especialidad, Noches, Festivos, Festivos Especiales y Guardias fuera del módulo de 75 horas mensuales.

Si queréis tener una estimación aproximada de la cantidad que os corresponde, debéis sumar todas las cantidades percibidas en bruto (antes de aplicar seguros sociales e IRPF) durante todo el año 2025 y calcular el 2,9%. El resultado será la cantidad aproximada de atrasos. Hay que recordar que a esta cantidad posteriormente se le deberá aplicar los descuentos de seguros sociales e IRPF.

Igualmente, esta subida del 2,9% se aplicará a los salarios del año 2026 desde la nómina de enero. Además, habría que sumar el porcentaje de subida que se acuerde para este año, o en su defecto el IPC definitivo del año 2026 si finalmente tampoco hay acuerdo de nuevo convenio colectivo durante todo este año.


Para cualquier duda consúltanos.





jueves, 22 de enero de 2026

DENUNCIAMOS LA FALTA DE CUADRANTES PARA 2026


Desde el Comité de Empresa hemos denunciado ante la Dirección Gerencia la falta de publicación de los cuadrantes de trabajo para este año 2026 tal y como recoge nuestro Convenio. Colectivo.

Os dejamos el texto del escrito que hemos enviado a Dirección:

"A/A. Dirección Gerencia y Dirección de Personas y Valores 

Bormujos, 20 de enero de 2026

Estimado Gerente, estimada Directora:

Por medio del presente DENUNCIAMOS el incumplimiento del convenio colectivo que es de nuestro interés se subsane a la mayor brevedad:

PRIMERO.- El artículo 16 del convenio colectivo del HSJDA establece que a fecha 15 de enero de cada año, la empresa elaborará y entregará al Comité de Empresa las planillas de trabajo anuales de cada profesional, que se pondrán a disposición del personal con la siguiente información: nombre del/la profesional, lugar y horario de trabajo, tipo de jornada, días de descanso, festivos, turnos y días efectivos que se trabajan.

La empresa a fecha del presente, ha omitido todo lo estipulado en el CC al respecto, ya que ni este comité de empresa, ni el personal tiene aún las planillas del mes de febrero, y por supuesto tampoco las planillas anuales tal y como marca nuestro CC en su art. 16, el cual le exponemos a continuación:

“Art. 16. Calendario laboral individual de la persona trabajadora

16.1 Antes del quince de enero de cada año y una vez establecido el calendario laboral, la empresa elaborará y entregará al Comité de Empresa las planillas de trabajo anuales de cada profesional, que se pondrán a disposición de los/las mismos/as con la siguiente información: nombre del/la profesional, lugar y horario de trabajo, tipo de jornada, días de descanso, festivos, turnos y días efectivos que se trabajan……..

16.2 En caso de que así lo considerara el Comité de Empresa reunirá a la Comisión de Turnos del HSJDA donde participará a la Dirección de las propuestas y alegaciones que considerara oportunas con el fin de poder alcanzar un consenso sobre las diversas soluciones……..

SEGUNDO.- Para este comité de empresa,  la Dirección está actuando de espaldas a lo recogido en el Convenio Colectivo, así como también incumpliendo lo establecido en el Plan de Igualdad de este centro, puesto que lejos de favorecer la conciliación de la vida laboral y familiar de la plantilla, está generando situaciones negativas que afectan a su plantilla.

TERCERO.- Igualmente, consideramos que existe una vulneración de la normativa legal y convencional en materia de prevención de riesgos laborales, y en concreto de los riesgos psicosociales a que se ven expuestos, ya no sólo por la delicada situación sanitaria actual, sino por la incertidumbre en la realización de la prestación laboral.

Por lo expuesto,

SOLICITAMOS que realice las comprobaciones necesarias sobre el denunciado incumplimiento de la normativa legal y convencional de aplicación, y le instamos a subsanar estas irregularidades a la mayor brevedad. 

Quedamos a su disposición, y reciba un cordial saludo."

>>Adjuntamos Escrito presentado<<




martes, 13 de enero de 2026

SOLICITUD HORAS PIF PRIMER SEMESTRE 2026

 


Se abre el plazo para solicitar Permisos Individuales de Formación (PIF) para el 1er semestre de 2026 según el mecanismo acordado en la Comisión de Formación del Hospital.

Por favor, lee el siguiente >>DOCUMENTO<< en el que se explican las normas de solicitud.

Las personas interesadas en la horas PIF que comiencen la formación en los primeros 6 meses del año, pueden solicitarlo HASTA EL 20 DE ENERO 2026 en el siguiente enlace: 

>>CUESTIONARIO DE SOLICITUD<<


Para cualquier duda contactar con el Departamento de Formación en el 664396629.



miércoles, 31 de diciembre de 2025

DENUNCIAMOS SITUACIÓN CRITICA EN URGENCIAS DEL HSJDA

 



El Comité de Empresa del Hospital San Juan de Dios denuncia un "colapso asistencial" que pone en riesgo a profesionales y pacientes.

​Desde Comité de Empresa del Hospital San Juan de Dios del Aljarafe hemos remitido una denuncia a la Dirección Gerencia ante la situación insostenible y de saturación crítica que atraviesa el Servicio de Cuidados Críticos y Urgencias (SCCU) agravado en la reubicación de pacientes de Tratamientos Cortos y Sala de Espera de puerta. Con este escrito, alertamos de que la gestión reactiva ante la situación insostenible y el déficit de personal —especialmente en enfermería en estas áreas— están comprometiendo gravemente la seguridad asistencial y la salud psicosocial de la plantilla.

​Por ello exigimos medidas inmediatas para frenar este escenario inaceptable:

  • Refuerzo urgente de la plantilla de Enfermería, TCAE y facultativos necesarios para ajustar los ratios a la carga real de pacientes, que aunque en esta época están desbordados, ya se arrastra un déficit de personal mantenido a las necesidades del resto del año.

  • Dotación de personal que realice movilización y traslados de forma indefinida para que el personal no tenga que abandonar sus funciones asistenciales directas.

  • Apertura estable de todas las alas de hospitalización infrautilizadas para garantizar el flujo de pacientes y evitar el bloqueo de las urgencias.

  • Aplicación de medidas preventivas contra riesgos laborales psicosociales, ya que aún no se han implementado propuestas efectivas en este sentido.
Os dejamos el escrito en el que tenéis todos los detalles de la situación y lo que se reclamamos de forma inmediata y efectiva:

"A/A. DIRECCIÓN GERENCIA HSJDA

En Bormujos, 30 de diciembre de 2025

Estimado gerente:
Ante la situación de sobrecarga asistencial que está padeciendo el área de urgencia de nuestro hospital, desde el comité de empresa le trasladamos/denunciamos que esta situación es insostenible y que pone en riesgo la seguridad de pacientes y de profesionales, y todo en base a los siguientes HECHOS

PRIMERO.- Saturación crítica y desbordamiento estructural del SCCU.
El Servicio de Cuidados Críticos y Urgencias (y en concreto STC y Sala de Espera de puerta), atraviesa una situación límite y mantenida durante todo el año, agravada actualmente por el adelanto de la alta incidencia de procesos gripales. A pesar de los indicadores de aviso previos, la falta de medidas preventivas y de un dimensionamiento estructural adecuado ha derivado en un colapso asistencial. Esta gestión reactiva —abriendo alas de hospitalización sólo cuando la situación es insostenible— genera un daño asistencial previo que este Comité considera inaceptable.

SEGUNDO.- Déficit de personal.
Denunciamos la grave carencia sobre todo de personal de enfermería (Enfermeras y TCAEs) en las áreas donde se atienden a pacientes de STC y Sala de Espera de puerta. Esta situación se vuelve insostenible ante la inexistencia de personal de transporte. Es el propio personal de enfermería quien, desatendiendo sus funciones asistenciales y dejando áreas de referencia sin vigilancia, debe realizar la movilización y traslado de pacientes a pruebas diagnósticas, a Observación, Hospitalización, UCI, etc. Esta sobrecarga no solo supone un riesgo físico para el personal, sino un grave perjuicio para la calidad del cuidado directo al paciente.

TERCERO.-. Inseguridad asistencial y reubicación de pacientes
La Sala de Observación y la Sala de Estancias Cortas se encuentran permanentemente al límite, con pacientes en espera prolongada de cama, que ha provocado la reubicación de pacientes de STC con necesidades de monitorización y tratamiento en otras estancias del área de urgencias, pero que según nos trasladan las profesionales, no se está dotando con el personal necesario en todos los horarios (Facultativo/a, Enfermero/o y TCAE), además por su ubicación no se disponen de las herramientas asistenciales necesarias; el incumplimiento de estos requisitos compromete la seguridad del paciente.

CUARTO.-. Riesgos Psicosociales y Salud Laboral
Las cargas de trabajo excesivas están impactando severamente en la salud física y psicosocial de la plantilla. Los resultados de las evaluaciones de Riesgos Psicosociales sitúan al SCCU como uno de los servicios más vulnerables. A pesar de que este Comité, a través de sus Delegados de Prevención, ya aportó en el Comité de Seguridad y Salud las medidas correctoras incluyendo las diseñadas por la propia plantilla afectada, se ha hecho caso omiso de las mismas.

Por todo lo expuesto, 

Desde el Comité de Empresa INSTAMOS a la Dirección Gerencia que de manera inmediata:

- Incremente la plantilla de Enfermería y facultativa apropiada para ajustar la ratio personal/paciente a la realidad asistencial actual, y más concretamente para atender en todo momento los puestos STC que se han ubicado en la sala de espera junto a otros pacientes triados con nivel 1 y 2, y con pacientes con otras necesidades. Para ello, es necesario que de manera inmediata se incremente la dotación de TCAE en esta área, igualmente es necesario incrementar la dotación de estos profesionales en la otra Sala de Espera y dotar la misma con las herramientas adecuadas para poder realizar su funciones.

- Instauración de personal de transporte con un correcto dimensionamiento de manera indefinida, para que el personal asistencial no se vea afectado en sus funciones propias.

- Apertura inmediata y estable de todas las alas y camas de hospitalización infrautilizadas para garantizar el flujo de pacientes y evitar el colapso en el SCCU.

- Aplicación inmediata de las medidas preventivas propuestas en el Comité de Seguridad y Salud para minimizar el daño psicosocial.

Quedamos a su disposición, y reciba un cordial saludo."









lunes, 22 de diciembre de 2025

PLUS DE NO ABSENTISMO EN DICIEMBRE

¿TENGO DERECHO A COBRAR EL PLUS DE NO ABSENTISMO EN DICIEMBRE?

Si crees que has cumplido los criterios cobrar el Plus de No Absentismo, deberás comprobarlo en tu nómina de diciembre (primer o segundo pago).

En nuestro nuevo V Convenio Colectivo el Plus de No Absentismo queda reflejado así:

"Art. 48. Plus de No Absentismo:

Se incluirá en la nómina de los meses de junio y diciembre de cada uno de los años de duración del presente convenio por este concepto una retribución equivalente al 6,5% del Salario Base mes (Anexo II) para aquellas personas trabajadoras que cumplan con los siguientes requisitos:

- No haber tenido ausencia alguna por motivo alguno en el trimestre anterior al que corresponde cada nómina mencionada. Se excluyen las vacaciones, las enfermedades profesionales y los accidentes de trabajo.

- Tener una antigüedad mínima de un año al último día de cada uno de los semestres naturales.

La empresa entregará al Comité de Empresa antes del 15 de enero de cada año un listado donde aparezcan las ausencias por personas".


ACLARACIÓN SOBRE LOS MESES QUE AFECTAN PARA SU COBRO:

Para cobrarlo en la nómina de junio, no se deberá haber tenido ausencia alguna en los meses de marzo, abril y mayo. Las ausencias de junio no afectarían.

- Para cobrarlo en la nómina de diciembre, no se deberá haber tenido ausencia alguna en los meses de septiembre, octubre y noviembre. Las ausencias de diciembre no afectarían.


¿INFLUYEN LOS DÍAS DE LIBRE DISPOSICIÓN?

El disfrute de las Horas de Libre Disposición no afectará para que este Plus pueda ser cobrado, ya que están consideradas como horas de nuestro cómputo anual.


PROPUESTA DEL COMITÉ QUE HA SIDO INCLUIDA EN EL ACTUAL V CONVENIO COLECTIVO:

- Este concepto será cobrado por todas las personas trabajadoras sin distinción, ya que anteriormente no estaba incluido el subgrupo profesional A (personal facultativo).

- Por tanto, para este subgrupo la posibilidad de cobrarlo ya se hizo efectiva desde junio de 2024, siempre que se cumplan los criterios definidos.


PROPUESTA PARA EL PRÓXIMO CONVENIO COLECTIVO:

Modificar los requisitos para que la persona trabajadora lo perciba en los siguientes términos:

  • No haber tenido ausencia en  el  trimestre  anterior  al  que corresponde cada nómina mencionada. Se excluyen las vacaciones, los permisos no retribuidos, las incapacidades temporales derivadas de enfermedad común, enfermedad profesional y/o accidente laboral, los permisos por cuidados y enfermedad de familiares y las situaciones de cuidados por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento.

Y todo ello, al amparo de la jurisprudencia actual.


FELIZ NAVIDAD Y PRÓSPERO 2026

Llega el final de un año de grandes esfuerzos. Desde el Comité de Empresa, somos muy conscientes de la dedicación que cada uno de vosotros y vosotras ha puesto en su trabajo, a menudo en situaciones de incertidumbre o presión.

Nuestra labor este año ha sido velar porque ese esfuerzo se traduzca en derechos y bienestar laboral. A pesar de las mejoras conseguidas en los últimos años, hemos estado trabajando para llegar a acuerdos y que las propuestas de mejoras se reflejen en un nuevo Convenio Colectivo. Esperemos que en 2026, y con la nueva partida presupuestaria, pueda ser una pronta realidad. 

Al mirar atrás, nos sentimos orgullosos de representar a un colectivo tan profesional y comprometido que sigue gozando de compañerismo y familiaridad entre todos los servicios.

Deseamos que estas Navidades sean un espacio de paz y alegría. Que el 2026 sea el año en el que recojamos los frutos del trabajo bien hecho y de las mejoras por las que tanto hemos peleado conjuntamente.

¡Feliz Navidad a todos y todas!