Los días de 2026 que serán considerados como Festivos Especiales a la hora de abonar las cantidades acordadas serán:
FESTIVOS ESPECIALES 2026:
1 de enero. Se retribuirán como festivos especiales los turnos de N del día 31 de diciembre y la M y la T del 1 de enero, además de las horas de guardias médicas correspondientes.
6 de enero. Se retribuirán como festivos especiales los turnos de N del día 5 de enero y la M y la T del 6 de enero, además de las horas de guardias médicas correspondientes.
28 de febrero. Se retribuirán como festivos especiales los turnos de N del día 27 de febrero y la M y la T del 28 de febrero, además de las horas de guardias médicas correspondientes.
2 de abril. Se retribuirán como festivos especiales los turnos de M, T y N de ese día, además de las horas de guardias médicas correspondientes.
3 de abril. Se retribuirán como festivos especiales los turnos de M, T y N de ese día, además de las horas de guardias médicas correspondientes.
24 de abril (viernes de feria de Sevilla). Se retribuirán como festivos especiales los turnos de N del 23 de abril y la M y la T del 24 de abril, además de las horas de guardias médicas correspondientes.
1 de mayo. Se retribuirán como festivos especiales los turnos de N del día 30 de abril y la M y la T del 1 de mayo, además de las horas de guardias médicas correspondientes.
4 de junio (Corpus en Sevilla). Se retribuirán como festivos especiales los turnos de N del día 3 de junio y la M y la T del 4 de junio, además de las horas de guardias médicas correspondientes.
15 de agosto. Se retribuirán como festivos especiales los turnos de N del día 14 de agosto y la M y la T del 15 de agosto, además de las horas de guardias médicas correspondientes.
12 de octubre. Se retribuirán como festivos especiales los turnos de N del día 11 de octubre y la M y la T del 12 de octubre, además de las horas de guardias médicas correspondientes.
1 de noviembre. Se retribuirán como festivos especiales los turnos de N del día 31 de octubre y la M y la T del 1 de noviembre, y como festivo ordinario el turno de N del 1 de noviembre y los turnos de M y T del 2 de noviembre, además de las horas de guardias médicas correspondientes.
6 de diciembre. Se retribuirán como festivos especiales los turnos de N del día 5 de diciembre y la M y la T del 6 de diciembre, y como festivo ordinario el turno de N del 6 de diciembre y los turnos de M y T del 7 de diciembre, además de las horas de guardias médicas correspondientes.
8 de diciembre. Se retribuirán como festivos especiales los turnos de N del día 7 de diciembre y la M y la T del 8 de diciembre, además de las horas de guardias médicas correspondientes.
25 de diciembre. Se retribuirán como festivos especiales los turnos de N del día 24 de diciembre y la M y la T del 25 de diciembre, además de las horas de guardias médicas correspondientes.
