viernes, 22 de diciembre de 2023

FELIZ NAVIDAD Y PRÓSPERO 2024


Desde el Comité de Empresa del Hospital San Juan de Dios del Aljarafe os queremos desear una muy Feliz Navidad y que la celebréis de la mejor forma con vuestros seres queridos llenos de alegría y SALUD. 

Esperemos que el 2024 nos traiga buenas noticias en las cuestiones laborales, que sigamos consiguiendo mejoras en nuestras condiciones de trabajo, en nuestras retribuciones salariales y en la conciliación familiar. Por nuestra parte no cesaremos en la lucha para su consecución. 

En relación a las últimas noticias acontecidas sobre declaraciones de la Consejera, este Comité sigue pendiente a ellas y no sabemos más allá de lo comunicado hasta el momento por las partes. En cualquier caso, os dejamos claro que el Consorcio Sanitario Público del Aljarafe continúa plenamente vigente.

Nuestra trabajo ahora mismo está centrado como ya os trasladamos en anterior publicación, en avanzar en la negociación del Nuevo Convenio para equiparar las condiciones laborales y salariales con el resto del SAS. Ante cualquier novedad y posicionamiento os lo haremos llegar lo antes posible. 



martes, 12 de diciembre de 2023

CONSTITUIDA MESA NEGOCIADORA PARA NUEVO CONVENIO COLECTIVO


En la mañana de hoy 12 de diciembre se ha celebrado la primera Mesa Negociadora de cara a la negociación de un nuevo Convenio Colectivo. Como sabréis, el IV CC actual tiene vigencia hasta finalizar el 2023, independientemente de que éste se prolongue en ultraactividad hasta llegar a nuevo acuerdo.

En anterior noticia ya os informamos que el presupuesto del CSPA para el 2024 que salió publicado en el anteproyecto del Presupuesto de Andalucía, se incrementaba en 3,4M de euros alcanzando así los 70,9M. 

No obstante, habrá que esperar a que se apruebe a final de diciembre el Presupuesto definitivo para Andalucía por si hubiese alguna posible partida adicional.

Hemos acordado la siguiente reunión una vez sepamos dicha información a principios de 2024 para comenzar a negociar las propuestas de mejoras.

Os seguiremos informando con cualquier información relevante.


lunes, 11 de diciembre de 2023

COBRO DEL PLUS DE NO ABSENTISMO





En nuestro IV Convenio Colectivo el Plus de No Absentismo queda reflejado así:

Art. 48. Plus de No Absentismo

Se incluirá en la nómina de los meses de junio y diciembre de cada uno de los años de duración del presente convenio por este concepto una retribución equivalente al 6,5% del Salario Base mes para aquellas personas trabajadoras del subgrupo profesional A1 y los grupos profesionales B y C que cumplan con los siguientes requisitos:

- No haber tenido ausencia alguna por motivo alguno en el trimestre anterior al que corresponde cada nómina mencionada. Se excluyen las vacaciones, las enfermedades profesionales y los accidentes de trabajo.

- Tener una antigüedad mínima de un año al último día de cada uno de los semestres naturales.

La empresa entregará al Comité de Empresa antes del 15 de enero de cada año un listado donde aparezcan las ausencias por personas.

ACLARACIÓN: 

Para cobrarlo en la nómina de junio, no se deberá haber tenido ausencia alguna en los meses de marzo, abril y mayo. Las de junio no afectarían.

- Para cobrarlo en la nómina de diciembre, no se deberá haber tenido ausencia alguna en los meses de septiembre, octubre y noviembre. Las de diciembre no afectarían.

A diferencia del resto de permisos, el disfrute de las Horas de Libre Disposición no afectará para que este Plus pueda ser cobrado, ya que están consideradas como horas de nuestro cómputo anual.


lunes, 4 de diciembre de 2023

PAGAS EXTRAORDINARIAS

"Art.39. Pagas Extraordinarias.

1. Todo el personal afectado por este Convenio percibirán en las nóminas correspondientes a los meses de junio y diciembre, una paga extraordinaria que será de una mensualidad de lo establecido para el Salario Base mensual en el Anexo II del presente Convenio Colectivo, más la cantidad resultante de la media de nocturnidad y especialidad de los tres meses trabajados anteriores a la fecha de cobro de la mencionada paga. Dicho pago se hará antes del día 15 de cada uno de los dos meses.

2. El personal que haya estado o esté de baja por Incapacidad Temporal percibirá la totalidad de las pagas mencionadas. Es decir, la cuantía de la Paga Extraordinaria de un trabajador o trabajadora que haya tenido una IT en el transcurso del devengo de dicha paga será la misma que si no hubiera tenido esa IT."

La paga se devenga en los 12 meses anteriores, y si no has trabajado ese periodo completo, cobrarás la parte proporcional por los meses trabajados.

Ante cualquier duda, contáctanos.

martes, 7 de noviembre de 2023

PRESUPUESTO DEL CSPA PARA EL AÑO 2024


Este martes 31 de octubre se presentó en el Parlamento andaluz el proyecto de Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el 2024.

En lo referente al HSJDA, el actual gobierno andaluz ha destinado 70,9 Millones de euros, por lo que se contará con 3,4 M más respecto a los 67,5 M del año pasado.

Desde el Comité de Empresa se han iniciado las actuaciones para comenzar la nueva negociación del Convenio Colectivo ya que la vigencia del actual IV CC sólo era hasta finalizar el 2023.

Pronto os presentaremos la nueva plataforma de propuestas de mejoras para que nuestras condiciones estén cada vez más equiparadas al resto del SSPA.

Por desgracia, finalmente no ha llegado ninguna partida presupuestaria extraordinaria para el 2023, y por lo tanto, en principio no se podrán cumplir las cláusulas que dejamos firmadas en CC y que estaban sujetas a esta esperada subida de financiación (Art. 49.2).

Por otra parte, os recordamos que en la nómina de noviembre ya vendrá incrementada la Antigüedad pasando a ser el 3% del Salario Base por cada trienio (Art. 37.2). 

Respecto a los salarios que se nos adeudan del 2021 y que tras dos sentencias a nuestro favor la empresa recurrió al Tribunal Supremo, aún no tenemos ninguna resolución.

Seguimos trabajando, seguiremos informando.


viernes, 13 de octubre de 2023

ALEGACIONES DEL CONCURSO DE MÉRITOS 2022 (OPE ESTABILIZACIÓN)



Como ya os avisamos anteriormente, tal y como estaban redactadas las bases de las distintas vías de acceso a la OEP de Estabilización de 2022 (tanto Concurso como Concurso-Oposición), a priori el tiempo de trabajo en nuestro centro para los puestos bases (puestos sin cargo intermedio) quedaba fuera de ser valorado en el apartado de experiencia laboral, ya que sólo se hacía referencia al tiempo de trabajo como personal estatutario y/o funcionario.

También os hicimos saber en su momento que este Comité de Empresa ante la imposibilidad de impugnar el decreto y las bases de la convocatoria de forma colectiva, habíamos tomado la decisión de recurrir a la vía judicial interponiendo demandas individuales a través de los servicios jurídicos de CCOO. En concreto interpusimos ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucia 5 demandas para cubrir varias categorías profesionales (Facultativos/as Especialista, Enfermera/o, Técnico/a Especialista, TCAE y Auxiliar Administrativo). Aún estamos a la espera del resultado de estas demandas.

Asimismo, denunciamos esta situación ante la oficina del Defensor del Pueblo, obteniendo el compromiso de su intermediación. 

Pues bien, han comenzado a publicarse los listados de algunas categorías y hemos podido comprobar, que por ahora, no están puntuando el tiempo trabajado en HSJDA en estas OPE Extraordinarias de Estabilización, con la argumentación que no se acredita la condición de personal estatutario y/o funcionario. Tampoco han puntuado a cargos intermedios como en principio sí se interpretaba en la redacción del BOJA.

Por tanto, si perteneces al HSJDA y te has presentado a la modalidad del Concurso de méritos, te aconsejamos que te pongas en contacto con el Comité para asesorarte de cómo realizar individualmente las alegaciones a través de la VEC antes de que finalice el plazo para ello, en los días posteriores a cada publicación del respectivo listado. 

Por nuestra parte, entendemos que la no valoración de experiencia profesional en el HSJDA como personal laboral en idénticas condiciones a las del personal estatutario y/o funcionario temporal, y la distinción que de ésta se hace respecto a la correspondiente al SAS y la de los centros sanitarios del Sistema Nacional de Salud, del sistema Sanitario Público de Andalucía, de otras administraciones Públicas o centros sanitarios públicos de otros países miembros de la Unión Europea, son totalmente contrarias a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad y que, por tanto, deberían ser también baremados con idéntica puntuación.

martes, 26 de septiembre de 2023

NUEVOS PERMISOS RETRIBUIDOS

En base a la publicación el pasado 28 de junio de 2023 del Real Decreto 5/2023 en el Boletín Oficial del Estado (BOE) por el que se adopta normativa europea que incluye, entre otras, medidas de conciliación de la vida familiar y profesional de las familias y cuidadores, se ha procedido finalmente a la actualización del Manual de Licencias (Anexo III de nuestro IV Convenio Colectivo del HSJDA).

Todos estos permisos del RD 5/2023 se han incluido en el Estatuto de los Trabajadores y se regula, además, que será constitutivo de discriminación por razón de sexo el trato desfavorable dispensado a mujeres u hombres por el ejercicio de sus derechos de conciliación o corresponsabilidad de la vida familiar y laboral.


Os mostramos los cambios más destacados:

5 días (frente a los 2 anteriores) por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario de familiares hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad. También podrán beneficiarse de este permiso las personas que convivan con la persona trabajadora que requiere el cuidado en el mismo domicilio y también las parejas de hecho, así como a familiares consanguíneos de la pareja de hecho.

4 días retribuidos por causa de fuerza mayor cuando sea necesario por motivos familiares urgentes e imprevisibles, en caso de enfermedad o accidente que hagan indispensable su presencia inmediata.

Nuevo permiso parental de 8 semanas para el cuidado de hijo/a o menor acogido por tiempo superior a un año, que podrá disfrutarse hasta que el/la menor cumpla 8 años. Estas semanas se podrán disfrutar de forma continua o discontinua y a tiempo completo o parcial. Este nuevo permiso es instransferible entre progenitores y no será retribuido por ahora, aunque se espera que lo sea antes de agosto del 2024 por cumplimiento de Directiva Europea.

Podéis ver cómo quedan redactadas con detalle éstas y otras actualizaciones en nuestro Manual de Licencias, escritas en rojo, en el siguiente enlace:


>>MANUAL DE LICENCIAS ACTUALIZADO<<