martes, 26 de septiembre de 2023

NUEVOS PERMISOS RETRIBUIDOS

En base a la publicación el pasado 28 de junio de 2023 del Real Decreto 5/2023 en el Boletín Oficial del Estado (BOE) por el que se adopta normativa europea que incluye, entre otras, medidas de conciliación de la vida familiar y profesional de las familias y cuidadores, se ha procedido finalmente a la actualización del Manual de Licencias (Anexo III de nuestro IV Convenio Colectivo del HSJDA).

Todos estos permisos del RD 5/2023 se han incluido en el Estatuto de los Trabajadores y se regula, además, que será constitutivo de discriminación por razón de sexo el trato desfavorable dispensado a mujeres u hombres por el ejercicio de sus derechos de conciliación o corresponsabilidad de la vida familiar y laboral.


Os mostramos los cambios más destacados:

5 días (frente a los 2 anteriores) por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario de familiares hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad. También podrán beneficiarse de este permiso las personas que convivan con la persona trabajadora que requiere el cuidado en el mismo domicilio y también las parejas de hecho, así como a familiares consanguíneos de la pareja de hecho.

4 días retribuidos por causa de fuerza mayor cuando sea necesario por motivos familiares urgentes e imprevisibles, en caso de enfermedad o accidente que hagan indispensable su presencia inmediata.

Nuevo permiso parental de 8 semanas para el cuidado de hijo/a o menor acogido por tiempo superior a un año, que podrá disfrutarse hasta que el/la menor cumpla 8 años. Estas semanas se podrán disfrutar de forma continua o discontinua y a tiempo completo o parcial. Este nuevo permiso es instransferible entre progenitores y no será retribuido por ahora, aunque se espera que lo sea antes de agosto del 2024 por cumplimiento de Directiva Europea.

Podéis ver cómo quedan redactadas con detalle éstas y otras actualizaciones en nuestro Manual de Licencias, escritas en rojo, en el siguiente enlace:


>>MANUAL DE LICENCIAS ACTUALIZADO<<


martes, 19 de septiembre de 2023

PERMISO PARA PRÓXIMOS EXÁMENES OPE


De cara a las próximas convocatorias para la realización de pruebas selectivas de distintas categorías profesionales para el SAS, os recordamos que para el día del examen y tal como está recogido en nuestro IV Convenio Colectivo en el Art. 67. Permisos NO Retribuidos:

1. La Dirección facilitará organizativamente la participación de los profesionales que así lo requieran y acrediten en pruebas selectivas para cubrir puestos de trabajo convocadas por la Administración Pública.

Por lo tanto, la persona trabajadora que lo necesite podrá entregar con antelación el >>MODELO DE SOLICITUD<< que se dispone de Permisos No Retribuidos, para que se le facilite así el turno/horas necesarias para la realización del examen; esas horas se deberán devolver.

¡Recuerda pedir el certificado de asistencia el día de la prueba!

Cuadro de evolución noticias SAS relacionadas OPE Extraordinaria


jueves, 14 de septiembre de 2023

CALCULAR SALARIO DE NOCHES Y ESPECIALIDAD EN VACACIONES 2023

Nuestro Convenio Colectivo, en lo referente al salario en vacaciones dice:

“Art. 20.9. Salario en vacaciones:

 a) El salario a percibir durante el período de vacaciones será de una mensualidad de los conceptos salariales (salario base, complemento de titulación, habilidades y formación continuada, antigüedad, complemento de categoría, complemento personal y atención continuada conforme a lo establecido  en el artículo correspondiente de este texto) incluyendo en el mismo una media de los complementos de nocturnidad y especialidad de los tres últimos meses trabajados anteriores a la fecha en que comience el disfrute de las vacaciones.
b) En el caso de que estas vacaciones no se disfruten en un mes natural completo la media mensual de los complementos de nocturnidad, y especialidad se abonarán exclusivamente y en su totalidad en el primero de los periodos vacacionales.”
Como en años anteriores, y ante la posibilidad que el programa informático de la empresa no haya calculado correctamente la cuantía de los conceptos salariales de noches y especialidad en vacaciones, para los casos que el personal haya disfrutado las vacaciones en más de un período, hemos creado un excel para realizar el cálculo correcto de ambos conceptos, que podéis descargar en el siguiente enlace:
Si en la nómina no aparece la cuantía correcta, dirigíos al departamento de RR.HH para que subsanen esa incidencia o podéis consultar cualquier duda a este Comité.

lunes, 4 de septiembre de 2023

2ª SOLICITUD DE PIF 2023

Se reabre plazo para solicitar Permisos Individuales de Formación (PIF) según el mecanismo acordado en la Comisión de Formación del Hospital. 

Por favor, lee el >>documento adjunto<< donde se explica el mecanismo de solicitud.

Las personas interesadas pueden solicitarlo hasta el 07/09/2023 en el siguiente enlace:


Para cualquier duda contactar con el Departamento de Formación en el 664396629.


AYUDA ESCOLAR 2023-2024

Es el momento de ir solicitando las ayudas escolares recogidas en nuestro Convenio Colectivo en su Art.50.

Para ello, deberás pedir simplemente un Certificado de Matriculación del centro respectivo donde se refleje el nombre de tu hij@, y entregarlo o enviarlo de forma telemática al departamento de RRHH del hospital utilizando las distintas vías que tiene habilitadas:

• Por WhatsApp: 
  664 35 82 47  ó   673 60 19 75

• Por email: 

🔴 Hazlo llegar sólo por una vía de comunicación.

IMPORTANTE: antes de entregar/enviar el certificado a RRHH, acuérdate de poner arriba del mismo (y de forma clara) tu nombre como trabajador/a del HSJDA. No necesitas rellenar ninguna otra solicitud.

🔴 Si vas a entregar más de un certificado, espera a tenerlos todos para enviarlos a la vez.

En el siguiente enlace os detallamos los requisitos y las cuantías de las ayudas: >>AYUDA ESCOLAR<<

lunes, 17 de julio de 2023

PERMISOS PARA ELECCIONES GENERALES 23 JULIO



ELECTORES Y ELECTORAS

Cuando la jornada laboral del personal coincida, total o parcialmente, con el horario de apertura de los Colegios Electorales, este tendrá derecho a permiso retribuido, dentro de su jornada, en los supuestos y en las condiciones siguientes:

a) Si la coincidencia es superior a seis horas, permiso retribuido de cuatro horas.

b) Si la coincidencia es superior a cuatro horas pero no excede de seis horas, permiso retribuido de tres horas.

c) Si la coincidencia es de dos a cuatro horas, permiso retribuido de dos horas.

d) Si la coincidencia es menor de dos horas, no se tendrá derecho a permiso.


MIEMBROS DE LA MESA ELECTORAL

1. Las personas que acrediten su condición de Presidente o Presidenta, Vocal o Interventor o Interventora de Mesa Electoral, si el día de la votación fuera laboral para las mismas, tendrán derecho a un permiso retribuido de jornada completa durante el día de la votación, si no disfrutan dicho día de descanso. En todo caso, también tendrán derecho a una reducción de cinco horas su jornada de trabajo del día 24 de julio de 2023, siempre que justifiquen su actuación como tales.

2. Si alguna de las personas comprendidas en el apartado 1 hubiera de trabajar en turno de noche en la fecha inmediatamente anterior al día de la votación, la persona responsable de personal del Centro de Trabajo, Servicio o Unidad administrativa en que preste sus servicios vendrá obligada a cambiarle el turno con el fin de que pueda descansar esa noche.

3. En caso de ser suplentes de Mesa Electoral:

a) Si se trabaja el turno de noche del 22 al 23 de julio, aplicar el punto 2.

b) Si se trabaja el día 23 de julio, tendrá que ser cubierto su turno hasta saber si tiene que cubrir o no algún puesto de la mesa electoral. Si no hiciese falta, tendrá que volver a su puesto de trabajo pero dispondrá del derecho recogido en el apartado "Electores y electoras".


Se ruega avisar lo antes posible a la empresa sobre estas situaciones.


viernes, 12 de mayo de 2023

PERMISOS PARA ELECCIONES MUNICIPALES 28 DE MAYO´23

Información referente de los permisos a los que tendrán derecho las personas trabajadoras de cara a las elecciones municipales del día 28 de Mayo de 2023:


ELECTORES Y ELECTORAS

Cuando la jornada laboral del personal coincida, total o parcialmente, con el horario de apertura de los Colegios Electorales, este tendrá derecho a permiso retribuido, dentro de su jornada, en los supuestos y en las condiciones siguientes:

a) Si la coincidencia es superior a seis horas, permiso retribuido de cuatro horas.

b) Si la coincidencia es superior a cuatro horas pero no excede de seis horas, permiso retribuido de tres horas.

c) Si la coincidencia es de dos a cuatro horas, permiso retribuido de dos horas.

d) Si la coincidencia es menor de dos horas, no se tendrá derecho a permiso.


MIEMBROS DE LA MESA ELECTORAL

1. Las personas que acrediten su condición de Presidente o Presidenta, Vocal o Interventor o Interventora de Mesa Electoral, si el día de la votación fuera laboral para las mismas, tendrán derecho a un permiso retribuido de jornada completa durante el día de la votación, si no disfrutan dicho día de descanso. En todo caso, también tendrán derecho a una reducción de cinco horas su jornada de trabajo del día 29 de mayo de 2023, siempre que justifiquen su actuación como tales.

2. Si alguna de las personas comprendidas en el apartado 1 hubiera de trabajar en turno de noche en la fecha inmediatamente anterior al día de la votación, la persona responsable de personal del Centro de Trabajo, Servicio o Unidad administrativa en que preste sus servicios vendrá obligada a cambiarle el turno con el fin de que pueda descansar esa noche.

3. En caso de ser suplentes de Mesa Electoral:
a) Si se trabaja el turno de noche del 27 al 28 de junio, aplicar el punto 2.
b) Si se trabaja el día 28 de mayo, tendrá que ser cubierto su turno hasta saber si tiene que cubrir o no algún puesto de la mesa electoral. Si no hiciese falta, tendrá que volver a su puesto de trabajo pero dispondrá del derecho recogido en el apartado "Electores y electoras".

Se ruega avisar lo antes posible a la empresa sobre estas situaciones.

Para más info ver >>BOJA<<